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El Ayuntamiento de Madrid apoya el programa de Voluntariado de Fundación Manantial

El Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social del Ayuntamiento de Madrid ha concedido a Fundación Manantial la subvención a favor de entidades e instituciones de carÔcter social sin Ônimo de lucro que desarrollan proyectos de voluntariado en la ciudad de Madrid para el año 2022.

El objetivo de esta ayuda es que Madrid sea un municipio donde la acción voluntaria forme parte de la vida cotidiana. En la última convocatoria se han subvencionado proyectos que desarrollen acciones, actividades y metodologías específicas para promover, crear, motivar y fidelizar nuevas formas de participación de las personas voluntarias en cualquier Ômbito de la vida social de la ciudad de Madrid.

El programa de Voluntariado de Fundación Manantial contó el año pasado con mÔs de 100 personas voluntarias y refuerza la promoción de actividades de ocio, acompañamientos, apoyo a talleres y acciones generales necesarias en centros y servicios.

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Ɖstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIƓN MANANTIAL EspaƱa, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de rĆ©gimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas FĆ­sicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas JurĆ­dicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este lƭmite se podrƔn aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 aƱos inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en PaĆ­s Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona fĆ­sica o jurĆ­dica no residente en EspaƱa y obtienes rentas en nuestro paĆ­s, tienes tambiĆ©n un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

ĀæCómo hago para que mis donaciones a FUNDACIƓN MANANTIAL aparezcan automĆ”ticamente en el borrador de la Renta?

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/