Actualidad

Fundación Manantial renueva su servicio de apoyo

El próximo 3 de septiembre entrarÔ en vigor la nueva ley por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

La nueva normativa ha suprimido el procedimiento de incapacidad y sustituido las figuras de tutela y curatela por un sistema de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurĆ­dica que todas las personas tenemos para ejercer nuestros derechos o asumir nuestras obligaciones como ciudadanos.

Fundación Manantial, dedicada a la atención a la salud mental y con mĆ”s de 25 aƱos de experiencia en el ejercicio de las antiguas medidas de tutela y curatela, adapta y reformula su programa de tutela poniendo en marcha un renovado ā€œServicio de Apoyo a la Capacidad JurĆ­dicaā€ (SACJ), destinado a que las personas con problemas de salud mental puedan ejercer su capacidad jurĆ­dica en igualdad de condiciones que los demĆ”s.

Este servicio, con sede en Madrid y Castellón, estÔ integrado por un equipo interdisciplinar formado por 15 profesionales en la Comunidad de Madrid y tres profesionales en la Comunidad Valenciana (abogados/as, economistas, auxiliares, trabajadores/as y educadores/as sociales), que ponen a disposición de las personas que necesitan apoyo sus conocimientos en materia social, jurídica o económica.

El Servicio de Apoyo a la Capacidad JurĆ­dica (SACJ) prestarĆ” este apoyo:
• Atendiendo la voluntad, deseos y preferencia de quien lo requiera.
• Facilitando a la persona poder desarrollar su propio proceso de toma de decisiones.
• Fomentando que pueda ejercer la capacidad con menos apoyos en el futuro.

Acceso al Servicio de Apoyo

Acceso a la nueva ley 8/2021

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Desgravación fiscal

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Personas FĆ­sicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas JurĆ­dicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este lƭmite se podrƔn aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 aƱos inmediatos y sucesivos.

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