| • |
Fidelidad a la misión: Todas las actividades que se desarrollen deben de tener por fin la atención social e integral a las personas con enfermedad mental crónica.
|
| • |
Respeto al principio de imparcialidad y no discriminación en la determinación de las personas con enfermedad mental crónica que pueden ser beneficiarios de sus actividades, sin menoscabo de la facultad de sopesar razonablemente la asunción de responsabilidades muy gravosas para las que la Entidad careciese de medios o estructura suficiente.
|
| • |
Compromiso de afección permanente del patrimonio que detente o adquiera en un futuro la Entidad, al cumplimiento de su misión.
|
| • |
Compromiso de administración austera.
|
| • |
Compromiso de transparencia de la contabilidad, patrimonio y administración de la Entidad y de puntual información al Protectorado (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales) y a toda Administración Pública o Institución Privada con un interés legítimo en conocerla.
|
| • |
Compromiso de gestión de calidad en cuanto a:
|
| - |
que tutele o a quienes de algún modo preste un servicio la Entidad;
|
| - |
la atención de personas con enfermedad mental crónica la gestión de servicios públicos que lleve a cabo la Entidad;
|
| - |
la gestión de los programas que acometa y a las actividades que lleve a cabo la Entidad.
|
| • |
Compromiso de estabilidad en el empleo del equipo humano de la Fundación, procurando en la medida de lo posible llevar a cabo contrataciones indefinidas.
|
| • |
Independencia: Entendemos por independencia de la Entidad su:
|
| - |
Carácter aconfesional: La Fundación respetará siempre las creencias religiosas de todos los miembros de su Patronato, del equipo humano contratado y voluntario que colaboren a sus fines y por supuesto de las personas con enfermedad mental crónica sean o no tutelados por la Entidad con las que tenga cualquier vínculo por el que se beneficien de sus actividades.
Asimismo, la Fundación podrá establecer convenios o colaboraciones con entidades que tengan fines religiosos, siempre que dichos acuerdos sean beneficiosos para el cumplimiento de la misión de la Entidad, pero que en ningún caso supongan la instrumentalización de la Fundación.
|
| - |
Carácter apolítico: La Fundación respetará plenamente cualquier idea política de las personas que componen se Patronato, equipo humano o de las personas que sean beneficiarias de sus fines y actividades.
La Entidad podrá establecer el diálogo permanente con los distintos grupos políticos para obtener su interés en lo que se refiere a su misión de atención social e integral a las personas con enfermedad mental crónica.
En ningún caso la Entidad hará apología de ningún grupo político en concreto más allá de agradecer y reconocer públicamente el apoyo recibido.
|
| - |
Independencia de intereses económicos: la Entidad podrá aceptar la ayuda económica de empresas y grupos económicos que contribuyan al cumplimiento de su misión, llegando incluso a establecer contratos de patrocinio u otras fórmulas de colaboración que impliquen la inclusión de su publicidad institucional en los documentos y folletos divulgativos de las actividades de la Fundación, siempre que sus aportaciones sean dignas de reconocimiento.
Pero en ningún caso la Fundación se prestará a intereses comerciales que pudieran siquiera interpretarse como divergentes de su misión de atención social e integral a las personas con enfermedad mental crónica.
El patronato de la Fundación podrá rechazar las ayudas que provengan de empresas cuya gestión vulnere las normas éticas elementales de toda sociedad, menospreciando los derechos humanos de otras personas.
|
| - |
Independencia de otras instituciones: La Fundación podrá establecer los mecanismos de información acordes con su compromiso de transparencia con todo organismo o institución con un interés legítimo en conocerla. También podrá establecer convenios de colaboración en temas que pueden coadyuvar a su misión de atención social e integral a personas con enfermedad mental crónica.
|
| - |
Pero en todo caso, su gestión se rige únicamente por los acuerdos de su órgano de gobierno y sin que los convenios de colaboración supongan en ningún caso limitaciones o renuncias en cuanto al acceso a posibles fuentes de financiación u otras cuestiones esenciales que afecten a la viabilidad de la Entidad o que signifiquen un detrimento de su necesaria libertad de gestión.
|
|
Ser miembro del Patronato de la Fundación Independiente Manantial para Enfermos Mentales significa:
|
| • |
Ejercicio del cargo de forma absolutamente gratuita.
|
| • |
Incompatibilidad y prevalencia del ejercicio del cargo frente a cualesquiera intereses personales, con los que pudiera razonablemente plantearse una apariencia de conflicto.
|
| • |
Renuncia expresa al reembolso de cualquier tipo de gasto personal, aún cuando la Ley y los Estatutos de la Entidad lo permitan. |
| • |
Evitar causar daños y perjuicios con actos negligentes que sean contrarios a los Estatutos de la Fundación y a los fines humanitarios y sociales que ésta persigue.
|
| • |
Escrupuloso respeto al principio de imparcialidad en la determinación de las personas con enfermedad mental crónica que puedan ser beneficiarias de las actividades de la Fundación, en especial en cuanto concierna a los propios familiares u otras personas allegadas.
|
| • |
Compromiso de aportación a la Entidad de relaciones sociales, económicas o políticas de su ámbito personal que puedan colaborar en la misión de la Fundación.
|
| • |
Compromiso de disponibilidad personal en cuanto a los cometidos o gestiones que les encomiende el Patronato y de actuación en conciencia en sus intervenciones en las reuniones del Patronato, así como en la emisión de su voto en lo relativo a los acuerdos de dicho órgano que establezcan las líneas de gestión de la Entidad.
|
| • |
Compromiso de confidencialidad respecto a las personas con enfermedad mental crónica vinculadas con la Entidad.
|
| • |
La asunción en todo momento del Código Ético de la Entidad en su conjunto.
|
| • |
Compromiso de autovaloración personal en lo referente al ejercicio de su cargo.
|
3.- EL CÓDIGO ÉTICO DEL FONDO HUMANO PROFESIONAL CON VÍNCULOS LABORALES CON LA ENTIDAD.-
|
La elevada misión de la Fundación de atención social e integral de personas con enfermedad mental crónica significa que la Entidad espere de su personal lo siguiente:
|
| • |
Una elevada calidad humana y profesional en su trato con las personas con enfermedad mental crónica.
|
| • |
Una indubitada lealtad hacia la Entidad y hacia los demás miembros del equipo, por encima de pequeñas diferencias personales que puedan surgir en toda organización y a pesar de las penurias y carencias económicas que muchas veces se han de suplir con esfuerzo personal.
|
• |
Una participación activa en el trabajo en equipo y en la gestión de su competencia, mediante la libre expresión de sus ideas y la aportación de sugerencias y mejoras para la gestión.
|
| • |
Un compromiso de confidencialidad en cuanto atañe a las personas con enfermedad mental crónica con quienes se relacionen.
|
| • |
La asunción en su labor del Código ético de la Entidad en su conjunto.
|
| • |
El compromiso de autoevaluación personal del trabajo realizado individualmente o en equipo con carácter periódico.
|
| • |
Un compromiso de disponibilidad personal en las labores de apoyo que les atribuya el equipo profesional de la Entidad.
|
| • |
Una actitud positiva para superar deficiencias de organización y de una gestión austera y con escasez de medios.
|
| • |
Una elevada calidad humana en el trato con personas con enfermedad mental crónica.
|
| • |
La capacidad de asumir la formación que le facilite la Entidad para la labor que se le encomiende.
|
| • |
Un compromiso de confidencialidad en cuanto atañe a las personas con enfermedad mental crónica con quienes se relacionen.
|
| • |
La asunción en su labor del Código ético de la Entidad en su conjunto.
|